Revisa los distintos regímenes que existen en Chile de acuerdo a cada tipo de negocio.
Ya sean personas naturales, microempresas familiares, empresas individuales de responsabilidad limitada (EIRL) o Sociedades Limitadas, a todos se les aplica el régimen general de tributación, compuesto por los Impuestos de Primera Categoría, Global Complementario o Adicional, determinados mediante contabilidad.
Sin embargo, si es que se reinvierten las utilidades, existe la posibilidad de eximirse del Impuesto de Primera Categoría.
En relación al Impuesto al Valor Agregado (IVA), el régimen general comprende la emisión de documentos de ventas (Facturas, Boletas y otros) y la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas.
También, con algunas condiciones especiales, se pueden acoger a regímenes simplificados de tributación para el Impuesto a la Renta (artículos 22 y 84 de la Ley sobre Impuesto a la Renta) y para el IVA (artículo 29 de la Ley sobre impuesto a las Ventas y Servicios), además de poder optar a ser liberados de la obligación de llevar contabilidad completa (artículo 23 del Código Tributario).
Régimen simplificado Impuesto a la Renta: pueden acogerse a esta modalidad los contribuyentes denominados pequeños contribuyentes, quienes pagarán anualmente un impuesto único. De acuerdo al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, son pequeños contribuyentes:
- Pequeños mineros artesanales.
- Pequeños comerciantes que desarrollan actividades en la vía pública.
- Suplementeros.
- Propietarios de un taller artesanal u obrero.
- Pescadores artesanales inscritos en el registro establecido al efecto por la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Régimen simplificado IVA: Modalidad de la que se pueden beneficiar los pequeños comerciantes, artesanos y pequeños prestadores de servicios que vendan o realicen prestaciones al público consumidor, quienes pagarán una cuota fija mensual.
Contabilidad simplificada: A esto pueden acceder las personas naturales y que son contribuyentes con rentas de los Nos. 3,4 ó 5 del Art. 20° de la Ley de la Renta.