Revisa los distintos regímenes que existen en Chile de acuerdo a cada tipo de negocio.
Ya sean personas naturales, microempresas familiares, empresas individuales de responsabilidad limitada (EIRL) o Sociedades Limitadas, a todos se les aplica el régimen general de tributación, compuesto por los Impuestos de Primera Categoría, Global Complementario o Adicional, determinados mediante contabilidad.
Sin embargo, si es que se reinvierten las utilidades, existe la posibilidad de eximirse del Impuesto de Primera Categoría.
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En relación al Impuesto al Valor Agregado (IVA), el régimen general comprende la emisión de documentos de ventas (Facturas, Boletas y otros) y la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas.
También, con algunas condiciones especiales, se pueden acoger a regímenes simplificados de tributación para el Impuesto a la Renta (artículos 22 y 84 de la Ley sobre Impuesto a la Renta) y para el IVA (artículo 29 de la Ley sobre impuesto a las Ventas y Servicios), además de poder optar a ser liberados de la obligación de llevar contabilidad completa (artículo 23 del Código Tributario).
Régimen simplificado Impuesto a la Renta: pueden acogerse a esta modalidad los contribuyentes denominados pequeños contribuyentes, quienes pagarán anualmente un impuesto único. De acuerdo al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, son pequeños contribuyentes:
- Pequeños mineros artesanales.
- Pequeños comerciantes que desarrollan actividades en la vía pública.
- Suplementeros.
- Propietarios de un taller artesanal u obrero.
- Pescadores artesanales inscritos en el registro establecido al efecto por la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Régimen simplificado IVA: Modalidad de la que se pueden beneficiar los pequeños comerciantes, artesanos y pequeños prestadores de servicios que vendan o realicen prestaciones al público consumidor, quienes pagarán una cuota fija mensual.
Contabilidad simplificada: A esto pueden acceder las personas naturales y que son contribuyentes con rentas de los Nos. 3,4 ó 5 del Art. 20° de la Ley de la Renta.