Las facturas son el documento tributario mediante el cual el contribuyente que lo emite genera un Débito Fiscal correspondiente a la recaudación del IVA y quien lo recibe descuenta el impuesto pagado mediante el Crédito Fiscal.
Para la emisión de una Factura se requiere de la autorización expresa del SII, quien previamente evaluará y verificará el desempeño positivo del contribuyente en su actividad comercial.
Existen diversos tipos de facturas, dependiendo de los requerimientos del giro a actividad del contribuyente. Estos pueden ser:
- Factura de Venta
- Factura de Compra
- Factura no Gravada o Exenta de IVA
- Factura de Exportación
- Factura de Venta Exenta a Zona Franca Primaria
La factura puede ser emitida en formato físico y electrónico. En el caso del formato físico, la elaboración de este documento debe ser encargado a una Imprenta y estará sujeta a las condiciones de formato y contenido que establece el SII, identificando clara y expresamente los siguientes campos:
- El RUT del contribuyente
- El nombre del documento (esto es, la palabra FACTURA, FACTURA DE COMPRA, etc., según corresponda)
- Número correlativo
- Razón Social
- Unidad del SII donde debe efectuarse el timbraje
- Fecha de vigencia de emisión del documento
- Giro
- Dirección y Teléfono de contacto
Una vez obtenido, el documento deberá ser legalizado ante el SII, mediante la solicitud de Timbraje de Documentos.
La Factura Electrónica en tanto, otorga validez tributaria a las operaciones comerciales efectuadas mediante documentos generados electrónicamente. Al igual que en el caso de la factura en formato físico, el contribuyente debe ser previamente evaluado y autorizado por el SII para la emisión de la factura electrónica.