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IVA, PPM y Retenciones por el Formulario 29

IVA, PPM y Retenciones por el Formulario 29

Uno de los trámites obligatorios existentes es la declaración de impuestos mensuales y pagos tributarios regidos por el Decreto Ley Nº 825.

 

¿Qué es el Formulario 29?

 

En el Decreto Ley Nº 825, se estipula que hay impuestos que deben ser pagados mensualmente, dentro de los primeros 12 días del mes siguiente al período tributario que se va a declarar y pagar, y para ello se debe utilizar el Formulario 29 de “Declaración y Pago Simultáneo Mensual”.

Los contribuyentes que deben hacer este pago tributario mensual son personas naturales, jurídicas y otros entes sin personalidad jurídica, que realicen ventas, presten servicios o efectúen alguna operación que involucre los siguientes impuestos:

 

  • Valor Agregado (IVA): Impuesto que consiste en el recargo del 19% al monto del precio final determinado por el vendedor de un bien o servicio.
  • Débito Fiscal (Ventas): Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las boletas, facturas, liquidaciones, notas de débito y de crédito emitidas por el concepto de ventas y servicios.
  • Crédito Fiscal (Compras): Impuesto incluido en las facturas de proveedores, facturas de compras, notas de débito y de crédito recibidas que acrediten las adquisiciones o la utilización de servicios.

 

Y otros que realicen:

 

  • Ventas Exentas y de Exportaciones
  • Retenciones de Segunda Categoría (Honorarios)
  • Impuesto Único a los Trabajadores
  • Pagos Provisionales Mensuales (PPM) Obligatorios
  • Cotización Adicional de Salud
  • Créditos y Remanentes de Empresas Constructoras

 

Actualmente, el sitio web del Servicio de Impuestos Internos entrega el beneficio de poder declarar y pagar el Formulario 29 el día 20 del mes siguiente del período tributario que se va a declarar, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:

 

    • Declarar y pagar Formulario 29 a través del sitio web del SII.
    • Que la empresa esté operando en el Sistema de Factura Electrónica. Dirigido a empresas y personas incorporadas al “Sistema de Facturación Electrónica Portal MIPYME”.
    • Que la empresa emita boletas de honorarios electrónicas sólo a través del SII en Internet.

¿Sabes cómo generar una boleta electrónica?
 

¿Cómo declarar y pagar el Formulario 29?

 

Para declarar y pagar el Formulario 29 de manera electrónica se debe acceder al sitio web del SII y llenar un “Formulario Electrónico”. Luego, ingresar el Rut del contribuyente y la clave secreta. Una vez dentro del sitio, se debe acceder al “Menú IVA” donde se podrá elegir, entre las opciones que aparecerán, el Formulario 29, el que debe ser llenado y enviado a través de la opción “Enviar”.

Si el interesado prefiere declarar y pagar el Formulario 29 a través de un banco o institución financiera, deberá comprar un formulario en los quioscos de diario del país, o solicitarlo en las oficinas del SII presentando su cédula de identidad. Una vez llenado el formulario debe dirigirse al banco o a la institución financiera y entregarlo junto con el dinero al contado o con cheque.

 

Declarar en Formulario 50

 

El Formulario 50 fue creado para aquellos contribuyentes, sean personas naturales o jurídicas, que comercialicen algunos productos con impuestos específicos como: combustibles, tabacos y juegos de azar.
Además, deben realizar este trámite las personas sin domicilio ni residencia en Chile que reciban remuneraciones y todos aquellos que las reciban por:

  • Marcas, patentes, asesorías, formulas, exhibición de material de cine o televisión, derechos de edición o autor de libros.
  • Por servicios en el extranjero.
  • Fletes, comisiones y participaciones marítimas.
  • Por actividades científicas, técnicas, culturales, deportivas a extranjeros.
  • Entre otros más específicos como aquellos sujetos al “Derecho de Explotación”, quienes importen mercancías extranjeras a las Zonas Francas de Extensión.

Estas personas deben presentar el Formulario 50 y pagar los impuestos correspondientes de manera simultánea, en este caso no se pueden declarar sin pago o sin movimiento. El Formulario 50 se presenta de manera relativa, está regido específicamente al impuesto que debe declarase, por lo que puede variar la fecha de entrega como las veces que se realizan durante el mes.

 

¿Cómo declarar y pagar el Formulario 50?

 

Para declarar y pagar el Formulario 50 de manera electrónica se debe acceder al sitio web del SII y llenar un “Formulario Electrónico”. Luego, ingresar el Rut del contribuyente y la clave secreta. Una vez dentro del sitio, acceder al “Menú IVA” donde se podrá seleccionar, entre las opciones que ahí aparecen, el Formulario 50. Se deberá llenar el formulario y apretar la opción “Enviar”.

Si el interesado prefiere declarar y pagar el Formulario 50 a través de un banco o institución financiera, deberá recurrir a las oficinas del Servicio de Impuestos Internos y solicitar el Formulario 50 que reparte de manera gratuita en el lugar. Una vez llenado el formulario debe dirigirse al banco o a la institución financiera y entregarlo junto con el dinero al contado o con cheque.

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