Icon Registrate
Regístrate
Icon Perfil
Iniciar Sesión

Lanzamiento ProPyme 2016 profundizó en las claves de la Reforma Tributaria

Lanzamiento ProPyme 2016 profundizó en las claves de la Reforma Tributaria

Durante el evento también se presentaron relevantes cifras sobre las percepciones de dueños de negocios y se dio inicio oficial a las actividades del año.

Con la participación de más de 250 dueños de negocios, autoridades de gobierno y su red de trabajo, ProPyme dio el vamos a sus actividades 2016.

En este contexto, se realizó la charla “MiPymes: ¿Tienes algo que aprender sobre la Reforma Tributaria?”, liderada por Ricardo Pizarro, jefe del Departamento de Atención y Asistencia al Contribuyente del Servicio de Impuesto Internos (SII)quien profundizó en los alcances de la Reforma Tributaria para empresas de menor tamaño y los cuatro regímenes tributarios a los que puedes acogerse.

Algunas de las preguntascontestadas por el jefe de esta división del SII durante su intervención fueron:

¿Cuáles son los Regímenes de Tributación para 2016 – 2017 y cuál es su periodo de permanencia al acogerse a uno?

  • Renta Presunta (Art. 34): al menos cinco años.
  • Tributación Simplificada (Art. 14 Ter): este régimen fue modificado con la simplificación. Quienes
    se acojan este año deberán permanecer en él al menos cinco años, pero a partir de 2017 serán tres años, con posibilidad de cambio luego de los primeros doce meses.
  • Renta Atribuida (Art. 14 A): al menos cinco años.
  • Semi Integrado (Art. 14 B): al menos cinco años.

¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la postergación del pago del IVA por dos meses?

Estar acogido al Régimen Simplificado de Tributación 14 Ter, que los ingresos del giro del año comercial 2015 no superen las 100 mil UF y que a partir de 2017 el promedio anual de los ingresos del giro en los últimos tres años comerciales no superen este mismo valor. Si el contribuyente inicia las actividades, el capital efectivo no debe superar las 50 mil UF. Además, no debe tener morosidad reiterada.

¿Cómo acogerse a sustitución de multas por capacitación dadas por el SII?

Para acceder a este beneficio, el contribuyente debe estar acogido al Art. 14 Ter, y haber sido notificado de una multa, giro o infracción, del tipo indicada en la Ley 20.780. Debe presentar la solicitud mediante el Formulario 2117 en la oficina del SII correspondiente a su domicilio. El organismo autorizará esta sustitución y podrá realizar el curso, aprobando y cumpliendo con un porcentaje de asistencia.

Las cifras destacadas de la Encuesta ProPyme

En la ocasión, Rodrigo Bon, director de la entidad, presentó los resultados de la encuesta realizada por Propyme, que arrojó relevantes datos sobre las necesidades y percepciones de este segmento:

  • 70% de los dueños de negocios prefieren informarse a través de Internet.
  • 44% considera su principal problema el acceso a Programas de Fomento del Estado.
  • 27% le gustaría capacitarse en temas de marketing digital
  • 54% declara que sus clientes pagan mayoritariamente a 30 días
  • 32% considera que el rol del gobierno debe
    ser elevar la productividaddel sector

¿Te gustaría estar informado de estas actividades y de las novedades en temas tributarios? ¡Regístrate en Comunidad Empresasy mantente informado!

New call-to-action

Suscríbete a nuestro newsletter y no te pierdas nada

Te puede interesar