Desde el 24 de marzo de 2020 Chile cuenta con la ley de teletrabajo, que regula la actividad laboral desarrollada fuera de las instalaciones de la empresa utilizando tecnologías de la información y de la comunicación.
Esta forma de trabajo a distancia ha cobrado especial relevancia desde que comenzó la crisis sanitaria del Covid-19, ya que ha sido una de las medidas que muchas empresas han implementado para evitar desplazamientos y contactos, y así minimizar la posibilidad de contagio. Pero no se trata de una medida transitoria. Al contrario, el teletrabajo ha llegado para quedarse. De acuerdo con un sondeo de Ranstad a más de 400 empresas chilenas de distintos sectores, el 75% de ellas ha previsto mantener el teletrabajo una vez terminada la pandemia, ya sea a tiempo completo (12%) o parcial (63%).
Por todo ello es esencial que, si todavía no la conoces, te informes bien de los pormenores de la ley de teletrabajo en Chile. En este artículo te explicamos en qué consiste y qué implica tanto para empleadores como para empleados.
Ley de teletrabajo en Chile: fases desde el origen hasta la aprobación
Para ponernos en contexto, repasamos las distintas fases por las que ha pasado la ley de teletrabajo en Chile hasta su aprobación:
- 2018, el origen: el inicio de la ley de teletrabajo en Chile se remonta al 20 de octubre de 2018, cuando la Cámara de Diputados aprobó el proyecto general. Sin embargo, durante varios meses el proyecto no se discutió más.
- 2019, se retoma el proyecto: el estallido social, que comenzó en octubre de ese año, obligó a retomar el proyecto y acelerar las discusiones.
- 2020, la aprobación: el 18 de marzo de 2020 la Cámara de Diputados aprobó la ley de teletrabajo en Chile. La reforma se promulgó días después, el 24 de marzo, en la Ley 21.220, y comenzó a regir el 1 de abril del mismo año. Esta ley modificó el artículo 22 del Código del Trabajo, introduciendo un nuevo capítulo, el IX “Del trabajo a distancia y Teletrabajo”, en el Título II del Libro I.
Los 5 aspectos más relevantes de la ley de teletrabajo en Chile
En primer lugar hay que aclarar que la Ley de Trabajo a Distancia y Teletrabajo distingue entre estos dos conceptos, es decir, trabajo a distancia y teletrabajo: ambos modelos laborales se desempeñan fuera de las instalaciones de la empresa, con la diferencia de que en el segundo se utilizan para ello medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones, o bien los servicios se reportan mediante estos medios.
A continuación vemos los 5 aspectos más relevantes de esta ley en relación con el teletrabajo:
1. Firma de acuerdo
Se requiere la firma por parte de empleador y empleado de un contrato de trabajo o anexo al contrato vigente, en que se especifique al menos:
- Duración de la jornada laboral, que puede abarcar toda o parte de la jornada de trabajo pactada con el empleado.
- El lugar de desempeño de los servicios, que puede ser el domicilio u otro lugar, salvo que se acuerde que sea el trabajador quien elija libremente dónde los ejercerá, circunstancia que deberá precisarse.
- Periodo de tiempo que abarcará la modalidad de teletrabajo, que puede ser indefinido o por un tiempo determinado.
- Indicación de los sistemas de supervisión que utilizará el empleador.
- Reconocimiento del tiempo de desconexión: la ley reconoce el derecho a la desconexión: durante al menos 12 horas continuas al día el trabajador no está obligado a responder comunicaciones por parte del empleador.
Una vez firmado el acuerdo por ambas partes, el empleador dispone de un plazo de 15 días para registrarlo electrónicamente en la Dirección del Trabajo.
2. Derecho de retractación
La ley contempla el derecho de retractación, es decir, cualquiera de las partes puede unilateralmente volver a las condiciones de trabajo antiguas pactadas en el contrato correspondiente. Esto debe comunicarse por escrito al menos con 30 días de antelación.
3. Sistema de control
Se requiere por parte del empleador el establecimiento de un registro de control y horas trabajadas. Este sistema debe estar autorizado por la Inspección del Trabajo según lo prescrito el artículo 33 del Código del Trabajo.
4. Herramientas necesarias
Es obligación del empleador proporcionar a los empleados las herramientas para realizar teletrabajo y los equipos y materiales necesarios para desempeñar sus funciones, así como asumir los costos de mantenimiento y reparación de los mismos.
5. Salud y seguridad
Es obligación del empleador informar a los empleados sobre las condiciones de seguridad y salud, así como comunicar por escrito los riesgos del puesto y las medidas preventivas a tomar. Del mismo modo, debe entregar los elementos de protección personal para el desempeño del puesto, y capacitar sobre las medidas de salud y seguridad para el desempeño del trabajo (esta capacitación también puede otorgarla el organismo administrador del seguro de la ley n° 16.744).
¿Conocías la ley de teletrabajo? Si no es así, esperamos que este artículo te haya resultado práctico. Puedes revisar otros contenidos de utilidad para tu pyme en Comunidad Empresas de Entel.